El contrato de obra regula la ejecución de una construcción o reforma entre el contratista (quien la ejecuta) y el promotor o cliente (quien la encarga). Es esencial en reformas de vivienda, obras de local o cualquier trabajo de construcción para evitar los dos problemas clásicos: los sobrecostes y los retrasos.
Se rige por los artículos 1.588 y siguientes del Código Civil (arrendamiento de obra) y, en edificación, por la Ley de Ordenación de la Edificación (LOE).
Qué debe incluir un contrato de obra
- Partes: datos del contratista y del promotor.
- Descripción de la obra: qué trabajos se ejecutan y dónde, con el detalle posible.
- Presupuesto: importe total, qué incluye (materiales, mano de obra) y cómo se tratan los imprevistos.
- Plazos: fecha de inicio y de fin, y consecuencias de los retrasos.
- Forma de pago: por ejemplo, por certificaciones o hitos de avance.
- Garantías: período de garantía y responsabilidad por defectos.
Pagos por hitos
En obras de cierta envergadura es habitual pagar por certificaciones o hitos de avance, en lugar de todo al final. Esto protege a ambas partes: el promotor paga según avanza la obra y el contratista asegura su liquidez.