El contrato de arrendamiento de vivienda es el documento que regula el alquiler de un inmueble entre el arrendador (propietario) y el arrendatario (inquilino). En España se rige principalmente por la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos (LAU) y, de forma supletoria, por el Código Civil.
Tener un contrato bien redactado evita la mayoría de los conflictos: fija la renta, la duración, la fianza y las obligaciones de cada parte de forma clara y con respaldo legal.
Qué debe incluir un contrato de arrendamiento
- Identificación de las partes: nombre, DNI/NIF y domicilio del arrendador y del arrendatario.
- Descripción del inmueble: dirección completa y, si es posible, referencia catastral.
- Renta y forma de pago: importe mensual, fecha y medio de pago, y actualización anual.
- Duración: plazo inicial y prórrogas conforme al artículo 9 de la LAU.
- Fianza: equivalente como mínimo a una mensualidad, depositada en el organismo autonómico que corresponda.
- Obligaciones y gastos: reparaciones, suministros, comunidad e IBI.
Duración y prórrogas
La LAU protege al inquilino con una duración mínima: aunque se pacte un plazo inferior, el contrato se prorroga obligatoriamente hasta los cinco años (siete si el arrendador es una empresa). Conviene reflejar bien este punto para evitar interpretaciones.
La fianza
La fianza legal es de una mensualidad de renta en el alquiler de vivienda. El arrendador está obligado a depositarla en el organismo competente de su comunidad autónoma y a devolverla al final del contrato si el inmueble se entrega en buen estado.